Estima tu mesada de vejez en pesos de hoy, en un fondo privado (ahorro individual) o en Colpensiones (prima media). El simulador aplica la reforma pensional desde el 1 de abril de 2027 cuando no te cobija el régimen de transición.
Aviso legal
Naturaleza de la herramienta
Este simulador es una herramienta de cálculo con fines exclusivamente informativos y educativos. Sus resultados son estimaciones basadas en los datos que ingresas y en los supuestos descritos; no constituyen un cálculo actuarial, una liquidación ni una promesa de pensión, no reemplazan la proyección oficial de tu administradora de fondos de pensiones o de Colpensiones, y no son una recomendación personalizada de inversión ni una oferta de productos financieros.
Alcance y supuestos
El cálculo aplica a afiliados al régimen de ahorro individual sin bono pensional y al régimen de prima media. Proyecta mes a mes el saldo de la cuenta individual con la parte de la cotización que se abona a ella (11,5% del ingreso base de cotización, con tope de 25 salarios mínimos), los aportes voluntarios a pensión obligatoria y la rentabilidad real supuesta para cada multifondo. La distribución entre fondos conservador, moderado y de mayor riesgo sigue una versión simplificada de las reglas de convergencia del Decreto 959 de 2018: cambios anuales del 20% en los tramos de 15 a 10 años y de 5 a 0 años antes de la edad de pensión; la tabla de asignación de nuevos aportes por edad y los cortes exactos que aplica cada administradora pueden diferir. Todas las cifras están en pesos de hoy: se supone que el salario mínimo crece con la inflación. La mesada se estima como una renta de 13 pagos al año durante los años de pago esperados, descontada a la tasa técnica indicada; no utiliza tablas de mortalidad, no considera la composición de tu grupo familiar ni el costo real de una renta vitalicia o de un retiro programado, que puede ser distinto.
Prima media (Colpensiones)
Para el régimen de prima media, el simulador estima el ingreso base de liquidación como el promedio de los últimos diez años de cotización, reconstruido a partir del ingreso actual y del crecimiento real supuesto, y no con tu historia laboral real. Aplica la tasa de reemplazo del artículo 34 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003 (65,5% menos 0,5 puntos por cada salario mínimo de IBL, entre 55% y 65%, más 1,5 puntos por cada 50 semanas adicionales a 1.300, con tope decreciente de 80%), con piso de un salario mínimo y tope de 25. No considera el IBL de toda la vida, regímenes de transición anteriores, pensiones especiales ni la indemnización sustitutiva.
Reforma pensional
Conforme a la Sentencia C-264 de 2026, las disposiciones avaladas de la Ley 2381 de 2024 entran en vigencia el 1 de abril de 2027 y algunos artículos siguen en trámite. Para quien no queda en el régimen de transición, el simulador supone que desde esa fecha solo las cotizaciones sobre el ingreso que exceda 2,3 salarios mínimos se abonan a la cuenta individual, y no estima para ellos la pensión del componente de prima media. Para afiliados a Colpensiones sin transición, estima ese componente con la misma fórmula de tasa de reemplazo aplicada a un IBL limitado a 2,3 salarios mínimos, con 1.300 semanas para hombres y, para mujeres, 1.300 semanas reducidas en 25 por año desde 2026 hasta 1.000, sin la reducción por hijos; suma la mesada del componente complementario de ahorro individual sobre el ingreso que exceda ese límite. Estos parámetros dependen de reglamentación y pueden cambiar. La fecha de corte para contar las semanas del régimen de transición y el tratamiento de los saldos existentes pueden variar según la reglamentación y la jurisprudencia.
Garantía de pensión mínima y devolución de saldos
Las indicaciones sobre garantía de pensión mínima, pensión anticipada y devolución de saldos son orientativas y siguen las reglas generales de la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003. Su procedencia depende del cumplimiento de requisitos que debe verificar la entidad competente.
Rentabilidad
La rentabilidad supuesta no está garantizada. Las rentabilidades pasadas de los fondos no garantizan resultados futuros, y el saldo real puede ser mayor o menor al proyectado.
Conflictos de interés
Familia y Patrimonio SAS elabora sus planes financieros bajo un modelo de honorarios. En la fase de implementación, algunos productos y proveedores que se ponen a consideración del cliente, entre ellos fondos de pensiones, pueden remunerar a la firma mediante comisiones; esa remuneración se declara siempre por escrito y el cliente es libre de contratar con cualquier proveedor del mercado.
Datos personales
Los cálculos se realizan en tu navegador. Los valores que ingresas, incluida tu fecha de nacimiento, no se envían, almacenan ni comparten con Familia y Patrimonio SAS ni con terceros. Si decides escribirnos, tus datos se tratarán conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.
Responsabilidad
Los servicios de planificación financiera de Familia y Patrimonio SAS constituyen una obligación de medio y no de resultado. Familia y Patrimonio SAS no garantiza la exactitud de los resultados para un caso particular ni asume responsabilidad por decisiones tomadas con base exclusiva en esta herramienta.
Andrés Naranjo Cruz, CFP® , ACSI , AMV — Familia y Patrimonio SAS · info@fypsas.co · fypsas.co
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